Ley Organica sobre derechos y libertades de los extranjeros en Espana y su integracion social
Espana
Ley OrgГЎnica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en EspaГ±a y su integraciГіn social. Jefatura del Estado Referencia: BOE-A-2000-544 - (AnГЎlisis jurГdico) PublicaciГіn: BOE nГєm. 10 de 12/01/2000 Entrada en vigor: 01/02/2000 Гљltima actualizaciГіn publicada el 30.06.2012
Ley OrgГЎnica sobre derechos y libertades de los extranjeros en EspaГ±a y su integraciГіn social
Publicado en: BOE nГєm. 10 de 12/01/2000
Entrada en vigor: 01/02/2000
[битая ссылка] ebooks@prospekt.org
PreГЎmbulo
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAГ‘A
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley OrgГЎnica.
TГЌTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
ArtГculo 1. DelimitaciГіn del ГЎmbito.
1.В Se consideran extranjeros, a los efectos de la aplicaciГіn de la presente Ley, a los que carezcan de la nacionalidad espaГ±ola.
2.В Lo dispuesto en esta Ley se entenderГЎ, en todo caso, sin perjuicio de lo establecido en leyes especiales y en los Tratados internacionales en los que EspaГ±a sea parte.
3.В Los nacionales de los Estados miembros de la UniГіn Europea y aquellos a quienes sea de aplicaciГіn el rГ©gimen comunitario se regirГЎn por las normas que lo regulan, siГ©ndoles de aplicaciГіn la presente Ley en aquellos aspectos que pudieran ser mГЎs favorables.
ArtГculo 2. ExclusiГіn del ГЎmbito de la ley.
Quedan excluidos del ГЎmbito de aplicaciГіn de esta ley:
a)В Los agentes diplomГЎticos y los funcionarios consulares acreditados en EspaГ±a, asГ como los demГЎs miembros de las misiones diplomГЎticas permanentes o especiales y de las oficinas consulares y sus familiares que, en virtud de las normas del Derecho internacional, estГ©n exentos de las obligaciones relativas a su inscripciГіn como extranjeros y a la obtenciГіn de la autorizaciГіn de residencia.
b)В Los representantes, delegados y demГЎs miembros de las Misiones permanentes o de las Delegaciones ante los Organismos intergubernamentales con sede en EspaГ±a o en Conferencias internacionales que se celebren en EspaГ±a, asГ como sus familiares.
c)В Los funcionarios destinados en Organizaciones internacionales o intergubernamentales con sede en EspaГ±a, asГ como sus familiares, a quienes los Tratados en los que sea parte EspaГ±a eximan de las obligaciones mencionadas en el pГЎrrafo a) de este artГculo.
ArtГculo 2 bis. La polГtica inmigratoria.
1.В Corresponde al Gobierno, de conformidad con lo previsto en el artГculo 149.1.2.ВЄ de la ConstituciГіn, la definiciГіn, planificaciГіn, regulaciГіn y desarrollo de la polГtica de inmigraciГіn, sin perjuicio de las competencias que puedan ser asumidas por las Comunidades AutГіnomas y por las Entidades Locales.
2.В Todas las Administraciones PГєblicas basarГЎn el ejercicio de sus competencias vinculadas con la inmigraciГіn en el respeto a los siguientes principios:
a)В la coordinaciГіn con las polГticas definidas por la UniГіn Europea;
b)В la ordenaciГіn de los flujos migratorios laborales, de acuerdo con las necesidades de la situaciГіn nacional del empleo;
c)В la integraciГіn social de los inmigrantes mediante polГticas transversales dirigidas a toda la ciudadanГa;
d)В la igualdad efectiva entre mujeres y hombres;
e)В la efectividad del principio de no discriminaciГіn y, consecuentemente, el reconocimiento de iguales derechos y obligaciones para todos aquellos que vivan o trabajen legalmente en EspaГ±a, en los tГ©rminos previstos en la Ley;
f)В la garantГa del ejercicio de los derechos que la ConstituciГіn, los tratados internacionales y las leyes reconocen a todas las personas;
g)В la lucha contra la inmigraciГіn irregular y la persecuciГіn del trГЎfico ilГcito de personas;
h)В la persecuciГіn de la trata de seres humanos;
i)В la igualdad de trato en las condiciones laborales y de Seguridad Social;
j)В la promociГіn del diГЎlogo y la colaboraciГіn con los paГses de origen y trГЎnsito de i