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Ley Organica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Espana

Ley OrgГЎnica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Jefatura del Estado Referencia: BOE-A-1986-6859 - (AnГЎlisis jurГ­dico) PublicaciГіn: BOE nГєm. 63 de 14/03/1986 Entrada en vigor: 03/04/1986 Гљltima actualizaciГіn publicada el 12/03/2011

Ley OrgГЎnica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Entrada en vigor: 03/04/1986

A partir del — 01/02/2012

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PreГЎmbulo

JUAN CARLOS I,

REY DE ESPAГ‘A

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley OrgГЎnica:

PreГЎmbulo

Respondiendo fundamentalmente al mandato del artículo 104 de la Constitución — según el cual una Ley Orgánica determinará las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad—, la presente Ley tiene, efectivamente, en su mayor parte carácter de Ley Orgánica y pretende ser omnicomprensiva, acogiendo la problemática de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales:

a)В El carГЎcter de Ley OrgГЎnica viene exigido por el artГ­culo 104 de la ConstituciГіn para las funciones, principios bГЎsicos de actuaciГіn y estatutos genГ©ricamente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; por el artГ­culo 149.1.29.ВЄ, para determinar el marco en el que los Estatutos de AutonomГ­a pueden establecer la forma de concretar la posibilidad de creaciГіn de policГ­as de las respectivas comunidades y por el artГ­culo 148.1.22.ВЄ, para fijar los tГ©rminos dentro de los cuales las Comunidades AutГіnomas pueden asumir competencias en cuanto a В«la coordinaciГіn y demГЎs facultades en relaciГіn con las policГ­as localesВ».

Respecto a la policГ­a judicial, el carГЎcter de Ley OrgГЎnica se deduce del contenido del artГ­culo 126 de la ConstituciГіn, ya que, al regular las relaciones entre la policГ­a y el Poder Judicial, determina, indirecta y parcialmente, los Estatutos de ambos y, al concretar las funciones de la policГ­a judicial, incide en materias propias de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y concretamente en lo relativo a la В«averiguaciГіn del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuenteВ», que constituyen zonas de delimitaciГіn de derechos fundamentales de la persona.

Sin embargo, otros aspectos del proyecto de Ley — especialmente los relativos al proceso de integración de los Cuerpos Superior de Policía— y de Policía Nacional en el Cuerpo Nacional de Policía no tienen el carácter de Ley Orgánica, lo que impone la determinación, a través de una disposición final, de los preceptos que tienen carácter de Ley Orgánica.

b)В El objetivo principal de la Ley se centra en el diseГ±o de las lГ­neas maestras del rГ©gimen jurГ­dico de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en su conjunto, tanto de las dependientes del Gobierno de la NaciГіn como de las PolicГ­as AutГіnomas y Locales, estableciendo los principios bГЎsicos de actuaciГіn comunes a todos ellos y fijando sus criterios estatutarios fundamentales.

A ello parece apuntar la propia ConstituciГіn cuando en el artГ­culo 104.2 se remite a una Ley OrgГЎnica para determinar las funciones, principios bГЎsicos de actuaciГіn y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en contraposiciГіn a la matizaciГіn efectuada en el nГєmero 1 del mismo artГ­culo, que se refiere exclusivamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad dependientes del Gobierno de la NaciГіn.

La seguridad pГєblica constituye una competencia difГ­cil de parcelar, toda vez que no permite delimitaciones o definiciones, con el rigor y precisiГіn admisibles en otras materias. Ello es asГ­ porque las normas ordenadoras de la seguridad pГєblica no contemplan realidades fГ­sicas tangibles, sino eventos meramente previstos para el futuro, respecto a los cuales se ignora el momento, el lugar, la importancia y, en general, las circunstancias y condiciones de apariciГіn.