Ley de Sociedades de Capital
Espana
Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Ministerio de la Presidencia Referencia: BOE-A-2010-10544 - (AnГЎlisis jurГdico) PublicaciГіn: BOE nГєm. 161 de 03/07/2010 Entrada en vigor: 01/09/2010 Гљltima actualizaciГіn publicada el 29.09.2013
Ley de Sociedades de Capital
Publicado en: BOE nГєm. 161 de 03/07/2010
Entrada en vigor: 01/09/2010
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EXPOSICIГ“N DE MOTIVOS
I
El presente real decreto legislativo cumple con la previsiГіn recogida en la disposiciГіn final sГ©ptima de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, que habilita al Gobierno para que, en el plazo de doce meses, proceda a refundir en un Гєnico texto, bajo el tГtulo de В«Ley de Sociedades de CapitalВ», las normas legales que esa disposiciГіn enumera. De este modo se supera la tradicional regulaciГіn separada de las formas o tipos sociales designadas con esa genГ©rica expresiГіn, que ahora, al ascender a tГtulo de la ley, alcanza rango definidor.
La divisiГіn en dos leyes especiales del rГ©gimen jurГdico de las sociedades anГіnimas y de las sociedades de responsabilidad limitada no fue consecuencia tanto del proceso de descodificaciГіn cuanto del hecho de que la extensiГіn de la normativa no permitГa la inclusiГіn de esos regГmenes jurГdicos dentro del CГіdigo de Comercio de 1885, que dedicaba pocos artГculos a las sociedades anГіnimas y que, por razГіn del momento en que se elaborГі, desconocГa a las sociedades de responsabilidad limitada. Se promulgaron asГ las leyes de 1951 y de 1953 —la primera de ellas de notable perfecciГіn tГ©cnica para la Г©poca en que fue promulgada— como textos legales independientes, caracterГstica que se ha mantenido desde entonces como rasgo de la legislaciГіn societaria espaГ±ola. En lugar de la regulaciГіn en una Гєnica ley, el legislador ha afrontado en momentos sucesivos y de forma separada la articulaciГіn de la disciplina de las sociedades de capital.
Esta dualidad o incluso pluralidad de В«continentesВ» — cuando la Ley 19/1989, de 25 de julio, decide que la nueva regulaciГіn de las sociedades comanditarias por acciones se incluya en el CГіdigo, y cuando la Ley 26/2003, de 17 de julio, introduce un tГtulo nuevo, el tГtulo X, en la Ley del Mercado de Valores, dedicado a las sociedad anГіnimas cotizadas— no habrГa suscitado especiales problemas si el В«contenidoВ» estuviera suficientemente coordinado. Aunque el legislador ha tratado de conseguir esa coordinaciГіn, bien a travГ©s de la tГ©cnica de la repeticiГіn de normas — que, sin embargo, no siempre es absoluta—, bien con el recurso al instrumento de las remisiones, el resultado no ha sido plenamente satisfactorio. AdemГЎs, tras las grandes reformas realizadas a finales del pasado siglo — la ya citada Ley 19/1989, de 25 de julio y la Ley 2/1995, de 23 de marzo—, existen descoordinaciones, imperfecciones y lagunas respecto de las cuales doctrina y jurisprudencia han ofrecido soluciones legales divergentes sin que exista razГіn suficiente.
De ahГ que las Cortes Generales hayan considerado necesario encomendar al Gobierno la elaboraciГіn de un texto refundido de las normas legales sobre sociedades de capital, reuniendo en un texto Гєnico el contenido de esas dos leyes especiales, con la importante adiciГіn de aquella parte de la Ley del Mercado de Valores que regula los aspectos mГЎs puramente societarios de las sociedades anГіnimas con valores admitidos a negociaciГіn en un mercado secundario oficial y con la adiciГіn de los artГculos que el CГіdigo mercantil dedica a la comanditaria por acciones, forma social derivada, de muy escasa utilizaciГіn en la prГЎctica. Un Гєnico cuerpo legal debe contener la totalidad de la regulaciГіn legal general de las sociedades de capital, sin mГЎs excepciГіn que la derivada de la propia Ley de modificaciones estructurales вЂ