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Ley de Arrendamientos RГєsticos

Espana

Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de arrendamientos rГєsticos Jefatura del Estado Referencia: BOE-A-2003-21616 - (AnГЎlisis jurГ­dico) PublicaciГіn: BOE nГєm. 284 de 27/11/2003 Entrada en vigor: 27/05/2004 Гљltima actualizaciГіn publicada el 01/12/2005

Ley de Arrendamientos RГєsticos

PublicaciГіn: BOE nГєm. 284 de 27/11/2003

Entrada en vigor: 27/05/2004

A partir del — 01/03/2012

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PreГЎmbulo

JUAN CARLOS IВ REY DE ESPAГ‘A

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.

EXPOSICION DE MOTIVOS

I

La adecuaciГіn socioeconГіmica de las estructuras de las explotaciones agrarias es un elemento clave en cualquier estrategia de modernizaciГіn de la agricultura que pretenda mejorar su competitividad en los mercados y consolidar empresas viables, capaces de generar niveles de renta y de ocupaciГіn satisfactorios. Por ello, la reforma o mejora estructural es especialmente necesaria en una buena parte de la agricultura espaГ±ola que, a pesar de los cambios, a veces muy profundos, que se vienen produciendo en los Гєltimos aГ±os, se caracteriza por tener todavГ­a acusadas deficiencias estructurales, tanto en tГ©rminos globales y territoriales, como en relaciГіn a otros paГ­ses con los que comparte intereses y mercados cada dГ­a mГЎs abiertos y competitivos. Un elemento decisivo en esa mejora estructural ha de ser la movilidad de la tierra, y uno de los mecanismos mГЎs idГіneos para lograr este objetivo es la figura del arrendamiento.

II

La ConstituciГіn EspaГ±ola de 1978, en su artГ­culo 130.1, encomienda a los poderes pГєblicos "la modernizaciГіn y desarrollo de todos los sectores econГіmicos y, en particular de la agricultura, de la ganaderГ­a, de la pesca y de la artesanГ­a, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los espaГ±oles". En consecuencia, el establecimiento de una adecuada regulaciГіn de los arrendamientos rГєsticos, en cuanto coadyuva a la modernizaciГіn de las explotaciones agrarias, se convierte no ya en un instrumento de polГ­tica econГіmica y social, sino tambiГ©n en un mandato constitucional dirigido a los poderes pГєblicos. Y concretamente al Estado, en virtud del artГ­culo 149.1 de la Norma Fundamental, cuya regla 8.a atribuye a aquГ©l la competencia exclusiva sobre "legislaciГіn civil, sin perjuicio de la conservaciГіn, modificaciГіn y desarrollo por las comunidades autГіnomas de los derechos civiles, forales o especiales, allГ­ donde existan".

III

En las Гєltimas dГ©cadas, se han observado diferentes tendencias en la tenencia de la tierra en EspaГ±a que, sin duda, han influido en su movilidad y en el proceso de ajuste estructural. En este sentido, se constata un aumento relativo del arrendamiento respecto a las demГЎs formas de tenencia de la tierra. AsГ­, la reestructuraciГіn de los aГ±os 60 estГЎ asociada con una fuerte expansiГіn del arrendamiento. Por el contrario, en los 70 y, sobre todo, los 80, se reduce la intensidad del redimensionamiento de las explotaciones como consecuencia del bloqueo en la movilidad de la tierra al frenarse la expansiГіn de los arrendamientos, en parte, por efecto de la Ley de Arrendamientos RГєsticos de 1980. Esta ley vino a adaptar la instituciГіn a la nueva ConstituciГіn de 1978, asГ­ como a situarla en la perspectiva de la integraciГіn plena de EspaГ±a en la UniГіn Europea y, en fin, como toda norma cabal debe hacerlo, respondiГі a las circunstancias de nuestra agricultura, radicalmente distintas entonces, no ya de las de su antecesora, la Ley de 1935, sino de las propias de los aГ±os 60 y 70. Se impone ahora una revisiГіn, por diferentes motivos.

En la UniГіn Europea se estГЎn produciendo cambios de gran trascendencia en el pensamiento que inspira las reformas de la polГ­tica agrГ­cola comГєn. El desafГ­o fundamental que se plantea es lograr un aumento de la eficiencia de las explotaciones, que compense posibles pГ©rdidas de renta a agricultores y ganaderos.

Generalmente se estima que